Los responsables de asuntos reglamentarios, toxicólogos y ecotoxicólogos de EcoMundo se encargan de la totalidad o parte de sus procedimientos de cumplimiento.
Gracias a su experiencia y profundo conocimiento de la normativa y el funcionamiento de las instituciones, EcoMundo optimiza su estrategia normativa y le ayuda a reducir sus costes de registro.
Conscientes de la complejidad que el cumplimiento normativo supone para su empresa, nuestros expertos asumen la responsabilidad de sus dificultades y atienden sus necesidades diarias.
Asegure la correcta comercialización de sus biocidas internacionalmente y optimice los costes relacionados con su cumplimiento normativo. Más infórmacion
Consiga que sus productos biocidas se comercialicen con éxito en el mercado europeo y optimice los costes de cumplimiento. Más infórmacion
Reduzca los costes relacionados con las tasas gubernamentales y los ensayos mediante la adhesión a un consorcio de biocidas. Más infórmacion
Según el Reglamento de Biocidas (RBP) UE nº 528/2012, un biocida se define como una sustancia o mezcla "destinada a destruir, repeler, neutralizar, impedir la acción o controlar de otro modo organismos nocivos por medios distintos de la mera acción física o mecánica". Por ello, los biocidas se controlan para limitar al máximo los riesgos que pueden suponer para la salud humana, elmedio ambiente y el mundo animal. Hay 4 grupos principales de biocidas, subdivididos en 22 tipos de productos (PT): desinfectantes, productos de protección, productos para el control de plagas y otros biocidas.
Para comercializar un biocida que contenga una sustancia activa (SA) en proceso de evaluación por la Comisión Europea, es necesario seguir las medidas transitorias específicas del Estado miembro al que se desea exportar. Cada país tiene sus propios procedimientos reguladores específicos, cuyos costes pueden variar según el tipo de producto (TP).
Al final del periodo de evaluación, son posibles dos casos. En el primer caso, la combinación SA/TP no está aprobada a nivel europeo y en este caso el biocida no puede comercializarse. En el segundo caso, se aprueba la combinación SA/TP y, para seguir comercializando su producto, tendrá que elaborar un expediente de autorización de comercialización (AC) permanente, ya sea individualmente o uniéndose a un consorcio.
Para comercializar biocidas a nivel internacional, deberá cumplir la normativa específica del país al que desee exportar. Por ejemplo :