LANZAR UNA GAMA DE PRODUCTOS COSMÉTICOS

Una completa oferta para adaptar su start-up o PYME a la normativa
Solicitar un presupuesto

Para lanzar su gama de productos al mercado europeo, deberá asegurarse de que estos cumplen el Reglamento sobre los productos cosméticos. EcoMundo ha diseñado una oferta de servicio integral que se adapta a las necesidades específicas de las start-ups y PYMES.

Su contacto

Nataliya Muller

       Experta en Cosmética

¡Tengo una pregunta!

REVISIÓN DE LAS ETIQUETAS Y LAS REIVINDICACIONES

REVISIÓN DE LAS ETIQUETAS

El etiquetado y el envasado de sus productos también se regula en virtud del Reglamento Nº 1223/2009 sobre los productos cosméticos. La apariencia de sus etiquetas y envases es una primordial y por ello es importante crear un diseño atractivo en términos de marketing que respete íntegramente las estrictas normas establecidas por el Reglamento. Dependiendo del país en el que se comercialicen sus productos, tendrán que cumplir las diferentes exigencias normativas relativas a la traducción de los textos.

EcoMundo se encarga de la verificación de todas sus etiquetas y le proporciona una lista de comprobación con los requisitos normativos que le afectan con el fin de que sus etiquetas y envases se ajusten a los reglamentos sin afectar a su diseño original.

REVISIÓN DE LAS REIVINDICACIONES

Las reivindicaciones son las afirmaciones relativas a la eficacia de sus productos. La normativa europea –más concretamente el artículo 20 del Reglamento Nº 1223/2009 y también el Reglamento CE 655/2013– regula de forma estricta dichas reivindicaciones. Su objetivo es asegurar que la información proporcionada al usuario final resulta útil, comprensible y fiable.

Nuestros expertos en cuestiones normativas son especialistas en la revisión de las reivindicaciones y su intervención en el proyecto le garantiza importantes ahorros de tiempo y dinero. Entre otras cosas, le permitirán evitar errores proponiéndole reivindicaciones alternativas teniendo siempre en cuenta sus necesidades de marketing.

EXPEDIENTE DE INFORMACIÓN SOBRE EL PRODUCTO

Cualquier producto cosmético debe disponer de un expediente de información sobre el producto (EIP). EcoMundo elabora sus EIP en su nombre a partir de la información que nos proporcione.

UN EXPEDIENTE ESTRUCTURADO EN CINCO PARTES

1. Descripción del producto cosmético sobre la información proporcionada.
2. Informe sobre la seguridad del producto: Parte A + Parte B.
3. Buenas prácticas de fabricación: EcoMundo valida la descripción de los métodos de fabricación utilizados y archiva la declaración de acuerdo con las buenas prácticas de fabricación (GMP).
4. Prueba del efecto reivindicado: EcoMundo valida las pruebas aportadas a partir de los ensayos científicos y/o de satisfacción proporcionados.
5. Experimentos con animales: EcoMundo valida las fechas de los experimentos realizados por el fabricante, sus agentes o proveedores a partir de la información presentada.

Plazo: de 2 a 3 semanas

INFORME SOBRE LA SEGURIDAD DEL PRODUCTO COSMÉTICO

El Informe Seguridad del Producto Cosmético (ISPC) representa la parte principal del Expediente de Información sobre el Producto (EIP). Este, que se divide en dos partes, es en sí mismo un requisito normativo del Reglamento N.º 1223/2009 sobre productos cosméticos.

Parte A

La Parte A del ISPC tiene por objetivo reflejar todos los datos necesarios de la evaluación de seguridad y se subdivide en 10 secciones:

El evaluador debe poseer una titulación oficial (Ej. Grado en Farmacia o Toxicología) reconocida por el estado miembro. Nuestros expertos pueden asistirle y gestionar diariamente los Informes de Seguridad del Producto procedentes de diferentes sectores. Garantice la seguridad y el cumplimiento de sus productos depositando su confianza en EcoMundo.

Parte B

La Partie B est celle de l'évaluateur de sécurité du produit et se divise en quatre sections :

  • La conclusion de l’évaluation de sécurité
  • Las advertencias e instrucciones de uso que aparecen en la etiqueta
  • Las referencias de la persona responsable de evaluar y aprobar la Parte B

Tal y como se define en el Reglamento de Cooperación Internacional sobre Cosméticos (International Cooperation on Cosmetics Regulation o ICCR), ”la evaluación de seguridad de los ingredientes cosméticos no es un procedimiento estandarizado y, por tanto, deberá realizarse según los requisitos de cada caso individual utilizando los mejores datos científicos disponibles. [...] La evaluación de seguridad de los ingredientes cosméticos requiere de un enfoque individualizado que comienza por la formulación de hipótesis prudentes e incluye planteamientos más sofisticados. [...]”.

La evaluación de seguridad que constituye la parte B del informe sobre la seguridad de los productos cosméticos es obligatoria. Su objetivo es demostrar que el producto cosmético no presenta ningún peligro para la salud humana. Los farmacéuticos y toxicólogos expertos de EcoMundo le ayudarán en esta Evaluación de Seguridad.

Plazo: de 2 a 3 semanas

NOTIFICACIÓN AL CPNP

De acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento N.º 1223/2009 sobre los productos cosméticos, cualquier organización que desee comercializar un producto cosmético en Europa deberá notificarlo previamente por Internet a través del Portal Europeo de Notificación de Productos Cosméticos (CPNP)..

El CPNP es un sitio web que únicamente pueden utilizar las personas responsables y las autoridades competentes para acceder a los datos de un determinado producto.

En EcoMundo nos ocupamos del conjunto de procesos de notificación de sus productos a través del CPNP.

Plazo: de 2 a 3 semanas