¿QUÉ SON LAS OBLIGACIONES RELATIVAS A LAS SEP?

Concepto clave

Obligaciones relativas a las SEP

OBLIGACIONES PARA FABRICANTES O IMPORTADORES DE ARTÍCULOS

1) Informar a la ECHA sobre las SEP utilizadas a partir del 1 de junio de 2011

Si sus objetos contienen SEP, es necesario informar a la ECHA si:

  • La sustancia está presente en sus artículos en una cantidad superior al 0,1% en peso/peso Y
  • La cantidad total de la sustancia presente en sus artículos es superior a 1 tonelada al año Y
  • La sustancia aún no se ha registrado anteriormente en REACH para este uso.

2) Informar a los clientes sobre la presencia de SEP

  • El proveedor debe informar motu proprio a sus clientes.
  • Cuando así lo solicite un cliente, el proveedor deberá responder en un plazo de 45 días sobre la presencia de SEP en el producto en cuestión.

OBLIGACIONES DEL USUARIO INTERMEDIO

  • Elaborar un Informe sobre la Seguridad Química (ISQ/QSR).
  • Si la SEP también está incluida en el Anexo XIV, deberá notificar a la ECHA en un plazo de 3 meses tras la primera entrega de la sustancia.

SUSTANCIAS SUJETAS A AUTORIZACIÓN

Consulte la sección sobre autorización REACH, y la web de la ECHA.