5 sustancias propuestas para inclusión en el anexo XIV

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Las 5 sustancias del proyecto de inclusión del Anexo XIV

La Comisión Europea ha publicado recientemente un proyecto de modificación del anexo XIV del Reglamento REACH, que enumera las sustancias sujetas a autorización. Así, se podrían añadir 5 nuevas entradas. Las sustancias afectadas son las siguientes:

  • Tetraethyllead, tóxico para la reproducción (1a), utilizado como aditivo en los combustibles de aviación
  • 4,4'-bis(dimethylamino)-4''- (methylamino)trityl alcohol (with ≥ 0,1% of Michler's ketone (EC No 202-027-5) or Michler's base (EC No 202-959-2)), cancerígeno (1b), utilizado en tintas de impresión
  • Reaction products of 1,3,4-thiadiazolidine-2,5-dithione, formaldehyde and 4-heptylphenol, branched and linear (RP-HP) with ≥0.1% w/w 4-heptylphenol, branched and linear (4-Hbl), disruptores endocrinos con efectos medioambientales, utilizados en lubricantes y grasas
  • 2-ethylhexyl 10-ethyl-4,4-dioctyl-7-oxo-8-oxa-3,5-dithia4-stannatetradecanoate (DOTE), propiedades reprotóxicas utilizado como estabilizador en polímeros
  • La masa de reacción del 2-ethylhexyl 10-ethyl-4,4-dioctyl-7-oxo-8-oxa-3,5-dithia-4-stannatetradecanoate y 2-ethylhexyl 10-ethyl-4-[[2-[(2-ethylhexyl)oxy]-2-oxoethyl]thio]-4-octyl-7-oxo-8-oxa-3,5-dithia-4-stannatetradecanoate (masa de reacción de DOTE y MOTE)), propiedades reprotóxicas, utilizado como estabilizador en polímeros.

Estas 5 Sustancias Extremadamente Preocupantes (SEP, o SVHC por su sigla en inglés) serán objeto de autorización una vez que la decisión haya sido adoptada formalmente por los Estados miembros, el Parlamento Europeo y el Consejo de Ministros. Si estas sustancias se añaden efectivamente a la lista de autorizaciones, la latest application date debería ser 18 meses después de la entrada en vigor de la decisión, y la sunset date 36 meses después de la entrada en vigor.

Las consecuencias para la industria

Si estas sustancias se prohíben en Europa, las empresas que las utilicen tendrán que encontrar alternativas a estas sustancias, que puedan realizar la misma función pero que no supongan un peligro para el medio ambiente o la salud humana, o presentar un expediente de autorización.

El expediente de autorización debe prepararse con suficiente antelación para garantizar que está bien hecha y maximizar las posibilidades de que sea aceptada por las autoridades competentes.

La Comisión Europea aplazó otras decisiones. La ECHA había recomendado la inclusión de otras 13 sustancias químicas en el anexo XIV. Entre ellos se encuentran los controvertidos BPA (disruptor endocrino) y dechlorane plus (muy persistente y muy bioacumulable), que, según la Comisión, no se han mantenido porque estarán sujetos a otras restricciones normativas.

Los expertos de EcoMundo le apoyan en las auditorías de sus centros, en el diseño de sus expedientes de autorización (análisis de alternativas, análisis socioeconómico, informe de seguridad química), así como en la implementación de su cumplimiento posterior a la autorización.

Nuestros equipos tienen una tasa de éxito del 100% en los expedientes que han presentado, y siempre se han obtenido las duraciones de autorización solicitadas, ¡incluso para periodos largos (12 años)!

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Para más información, no dude en contactar con nuestro experto Daniel Redón Gálvez a través de nuestro formulario de contacto.

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