#Brexit4You: Para acompañarte mejor, EcoMundo ha seguido de cerca los cambios regulatorios relacionados con Brexit. Le proporcionamos nuestros consejos sobre cómo pasar mejor al Brexit y sus consecuencias para su cumplimiento. - Con la salida del Reino Unido de Europa, las obligaciones que incumben a las empresas del sector de los cosméticos han cambiado. A continuación se exponen los elementos esenciales que deben tenerse en cuenta para seguir cumpliendo con la normativa en la UE-27.
Tenga en cuenta que los consejos que ofrecemos aquí está dirigido a las empresas que deseen seguir cumpliendo con la normativa en la UE-27. EcoMundo, con sede tanto en París como en Londres, también puede ayudarle con su cumplimiento en el Reino Unido y convertirse en su Persona Responsable en el sitio. Para más información, no dude en contactarnos. Para estar al día sobre las obligaciones reglamentarias relativas a Brexit y el Reglamento de los Cosméticos, no dude en consultar regularmente nuestros webinars!
Transferencias de responsabilidad
Persona responsable
Con la salida de la Unión Europea, el Reino Unido se considera un tercer país en virtud del Reglamento sobre cosméticos (CE) Nº 1223/2009. Esto significa que para una empresa con sede en el Reino Unido, es necesario contar con una persona responsable en un país de la Unión Europea de los 27 para cumplir con la legislación y seguir comercializando en la Unión.
Según la Comisión Europea, la empresa que importa productos fabricados en el Reino Unido se convierte por defecto en la Persona Responsable, pero podrá, no obstante, designar por escrito a otra persona establecida en la Unión Europea.
EcoMundo puede convertirse en su persona responsable establecida en la Europa de los 27. Nuestros expertos se encargarán, si es necesario, de registrar sus productos, auditar sus DIPs, revisar sus etiquetas y embalajes, etc.
Notificaciones del CPNP
Desde el final del período de transición, las notificaciones hechas al CPNP (Portal de Notificación de Productos Cosméticos) por las personas responsables del Reino Unido (RP) tendrán que estar respaldadas por las RP establecidas en la UE-27.
La evolución de la comunicación
El Expediente de Información del Producto (EIP) debe ser guardado por la nueva Persona Responsable y estar disponible en el idioma del país miembro de la RP para que los productos cumplan con el Reglamento Europeo de Cosméticos.
Además, el etiquetado de los productos también tiene que adaptarse a Brexit. Los productos fabricados en el Reino Unido y vendidos en Europa tienen que ser re-etiquetados como productos importados. Deben indicar, de conformidad con la legislación, el país de origen (en este caso, el Reino Unido), así como el nombre y la dirección de la persona responsable establecida en la UE-27.
El caso de Irlanda del Norte
Irlanda del Norte, como parte del Reino Unido, también dejó la Unión Europea al Brexit. Sin embargo, a fin de evitar que se reavivaran las tensiones en la frontera con la República de Irlanda, que habían persistido durante varios decenios y en las que la Unión Europea desempeñaba un papel importante, se estableció el Protocolo de Irlanda del Norte.
En ella se estipula que para el comercio con el Reino Unido se aplican los reglamentos británicos a Irlanda del Norte, y para el comercio con la Unión Europea se siguen aplicando los reglamentos europeos. Aconsejamos precaución en esta situación. Si usted está establecido en estos diferentes mercados, lo más seguro es cumplir con las regulaciones europeas y británicas.
¿Quiere saber más sobre el cumplimiento de los productos cosméticos en Europa?
Para más información, no dude en contactar con nuestro experto Daniel Redón Gálvez.