Lo que debe saber sobre REACH Fertilizantes
El 16 de julio de 2022 entró en vigor el Reglamento (UE) 2019/1009 sobre productos fertilizantes. Su aplicación anuló el efecto del Reglamento 2003/2003/CE, destinado a regular los fertilizantes minerales compuestos por uno o más nutrientes vegetales, en la Unión Europea (UE). Además, modifica los Reglamentos (CE) nº 1069/2009 y (CE) nº 1107/2009.
El Reglamento 2003/2003/CE se amplió a los fertilizantes comercializados como "fertilizantes CE". El fertilizante se define como "un material cuya función principal es proporcionar nutrientes a las plantas".
Así, el Reglamento 2019/1009 establece normas para la comercialización y el uso de productos fertilizantes en la UE. El término "productos fertilizantes" se utiliza para todas las sustancias y mezclas utilizadas para mejorar la fertilidad del suelo y la nutrición de las plantas. Incluye los fertilizantes orgánicos e inorgánicos y los bioestimulantes.
La base de datos del anexo I que contiene los tipos de fertilizantes según sus características específicas se actualizó el 06 de febrero de 2023, y contiene las 7 sustancias siguientes (fertilizante inorgánicos con un contenido mínimo de oligoelementos):
- Boro (B)
- Cobalto (Co)
- Cobre (Cu)
- Hierro (Fe)
- Manganeso (Mn)
- Molibdeno (Mo)
- Zinc (Zn)
El objetivo de este reglamento es garantizar la seguridad, calidad y eficacia de estos productos, al tiempo que se fomenta la economía circular y las prácticas de fertilización sostenibles y respetuosas con el medio ambiente.
Ámbito de aplicación del Reglamento REACH Fertilizantes
El Reglamento no se aplica a los subproductos animales o productos derivados que estén sujetos a los requisitos del Reglamento (CE) nº 1069/2009 cuando se comercialicen, ni a los productos fitosanitarios que entren en el ámbito de aplicación del Reglamento nº 1107/2009.
Aparte de estas excepciones, el Reglamento 2019/1009 se aplica a todos los productos fertilizantes comercializados en la Unión Europea (incluidos los productos importados de un tercer país).
Repercusiones del Reglamento REACH sobre fertilizantes
Este reglamento obliga a los usuarios de fertilizantes de la UE a registrar en REACH (Registro, Evaluación y Autorización de Sustancias Químicas) los ingredientes de los productos fertilizantes, si pertenecen a una de las categorías de materiales componentes (CMC) 1, 3, 4, 5, 6 y 11.
Las categorías de materiales componentes son las siguientes:
- CMC 1 : Sustancias y mezclas a base de materiales vírgenes
- CMC 2 : Plantas, partes de plantas o extractos de plantas
- CMC 3 : Compost
- CMC 4 : Digestato de cultivos vegetales
- CMC 5 : Digestato no procedente de cultivos vegetales
- CMC 6 : Subproductos de la industria alimentaria
- CMC 7 : Microorganismos
- CMC 8 : Polímeros nutrientes
- CMC 9 : Polímeros distintos de los polímeros nutrientes
- CMC 10 : Productos derivados tal como se definen en el Reglamento (CE) nº 1069/2009
- CMC 11 : Subproductos en el sentido de la Directiva 2008/98/CE
A diferencia del Reglamento REACH de la UE, el Reglamento REACH sobre fertilizantes se aplica a cualquier cantidad, también por debajo de 1 tonelada/año.
Los fabricantes e importadores afectados por el Reglamento REACH sobre fertilizantes están sujetos a procedimientos de evaluación de la conformidad en nombre de REACH. Algunos de estos procedimientos requieren la intervención de un organismo notificado que cumpla una serie de criterios.
- Comprobar la clasificación del fertilizante
- Realizar una evaluación de la conformidad
- Presentar un expediente de autorización de comercialización
- Etiquetar el abono fertilizante
- Mantener registros
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