El medio ambiente ocupa un lugar central en la toma de decisiones de la Unión Europea (UE). La política medioambiental de la UE se basa en 4 principios:
- Precaución
- Prevención
- Corrección de daños ambientales
- Quien contamina paga
Las principales normativas químicas de la UE, como REACH (Registro, Evaluación y Autorización de Sustancias Químicas) o CLP (Clasificación, Etiquetado y Envasado), incluyen a menudo un aspecto medioambiental, aunque su ámbito de aplicación es mucho más amplio. Los reglamentos y directivas destinados específicamente a proteger el medio ambiente constituyen el núcleo de la legislación medioambiental europea.
Esta legislación se modifica periódicamente para cumplir los objetivos medioambientales europeos. El Green Deal forma parte de la estrategia para un crecimiento verde integrador y sostenible, que integra los objetivos climáticos y medioambientales en las políticas de la UE.
Programa de objetivos medioambientales de la UE
El "Green Deal" europeo
Adoptado en 2020 por la Comisión Europea, el Green Deal es una estrategia para superar los retos medioambientales. Su objetivo es transformar la UE en una economía moderna, eficiente en el uso de los recursos y competitiva, garantizando al mismo tiempo :
- ninguna emisión neta de gases de efecto invernadero de aquí a 2050
- crecimiento económico disociado del uso de recursos
- no se deja atrás a ninguna persona ni a ningún lugar.
Todos los sectores económicos, incluidos el transporte, la energía, la agricultura, la construcción e industrias como la siderúrgica, cementera, de las TIC, textil y química, están cubiertos por el Green Deal Europeo.
Legislación general con incidencia en el medio ambiente
- Anexo XIV del Reglamento REACH (UE) nº 1907/2006
Este anexo del Reglamento REACH tiene por objeto regular las sustancias extremadamente preocupantes (SVHC) sujetas a autorización, con el fin de controlar su impacto sobre el medio ambiente. Se requiere una solicitud de autorización para utilizar una sustancia regulada por el anexo XIV de REACH en el mercado europeo.
- Anexo XVII del Reglamento REACH (UE) nº 1907/2006
Las sustancias de esta lista (como tales, en una mezcla o en un artículo) están sujetas a restricciones. La inclusión de una sustancia en la lista puede estar justificada por su impacto en el medio ambiente.
- Reglamento CLP (UE) n°1272/2008
Tras la inclusión en la parte 3 del anexo VI del Reglamento CLP, todos los fabricantes, importadores y usuarios intermedios deben clasificar la sustancia de acuerdo con el anexo VI. Las clases de peligro no incluidas en el anexo VI deben autoclasificarse y etiquetarse en consecuencia. Las clasificaciones pueden estar vinculadas a los impactos medioambientales (por ejemplo, el medio acuático y/o la capa de ozono).
- Reglamento (UE) n° 528/2012 sobre biocidas
Este reglamento pretende mejorar el funcionamiento del mercado de biocidas en la UE, garantizando al mismo tiempo un alto nivel de protección de las personas y el medio ambiente. En particular, se menciona explícitamente la protección de la vida animal.
Legislación medioambiental
Directiva sobre responsabilidad medioambiental (2004/35/CE)
Esta directiva establece normas basadas en el principio de "quien contamina paga": una empresa que causa daños al medio ambiente se considera responsable y debe tomar las medidas preventivas o reparadoras necesarias (además de correr con todos los costes relacionados).
Directiva sobre baterías (2006/66/CE)
La directiva se aplica a todos los tipos de pilas, con excepción de las utilizadas en equipos de seguridad o con fines militares, así como a los equipos destinados a ser enviados al espacio.
A finales de 2020, la Comisión Europea propuso un nuevo reglamento sobre baterías (con anexos) para sustituir a la directiva mencionada. Los objetivos serían garantizar la durabilidad y seguridad de las baterías -puestas en el mercado de la UE- durante todo su ciclo de vida. Esta modernización está en consonancia con la ambición de la contaminación cero como parte de los objetivos de economía circular del Green deal Europeo.
Directiva sobre emisiones industriales (prevención y control integrados de la contaminación) (2010/75/UE)
Este texto es el principal instrumento que regula las emisiones contaminantes de las instalaciones industriales en la Unión Europea.
El objetivo es reducir las emisiones industriales nocivas mediante un planteamiento integrado, utilizando las mejores técnicas disponibles, flexibilidad, inspecciones y participación pública.
ODS 1005/2009/EC
El Reglamento ODS 1005/2009/CE constituye la base jurídica para proteger la capa de ozono a escala de la UE. Impone una serie de restricciones destinadas a minimizar el uso (y, por tanto, las emisiones) de sustancias que agotan la capa de ozono. A escala mundial, esta legislación pretende cumplir las obligaciones de la Unión Europea en virtud del Protocolo de Montreal. Esto implica la eliminación acelerada de los hidroclorofluorocarburos, al tiempo que se tienen debidamente en cuenta los riesgos asociados a la introducción gradual de alternativas que agravan el calentamiento global.
POPs (2019/1021)
Los contaminantes orgánicos persistentes (POP) son sustancias orgánicas que :
- persisten en el medio ambiente
- se acumulan en los organismos vivos
- suponen un riesgo para nuestra salud y el medio ambiente
Estas normativas, concebidas para aplicar el Convenio de Estocolmo, incluyen restricciones y prohibiciones de las sustancias identificadas como POP.
RoHS (2011/65/UE)
La directiva RoHS pretende prevenir los riesgos para la salud humana y el medio ambiente derivados de la gestión de residuos electrónicos y eléctricos. Para ello, restringe el uso de determinadas sustancias peligrosas en aparatos eléctricos y electrónicos, que pueden sustituirse por alternativas más seguras.
Gestión de residuos
En Europa, los dos principales textos que regulan la gestión de residuos son :
- Directiva 94/62/CE, relativa a los envases y residuos de envases, modificada por la Directiva (UE) 2015/720, de 29/04/15, y la Directiva (UE) 2018/852, de 30/05/18;
- Directiva 2008/98/CE sobre residuos modificada por la Directiva (UE) nº 2018/851 el 30/05/18.
Due diligence
La Comisión Europea presentó una propuesta sobre normas de diligencia debida en febrero de 2022.
La propuesta de la UE sobre responsabilidad empresarial obligaría a las grandes empresas con sede en los Estados miembros (o con ventas significativas en la UE) a identificar, prevenir y mitigar los abusos contra los derechos humanos y el medio ambiente en toda su cadena de valor.
Una vez adoptada formalmente la directiva (como muy pronto en 2024), los Estados miembros tendrán dos años para transponerla a la legislación nacional.
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