España: la Agencia de Productos Sanitarios da su opinión sobre los productos hidroalcohólicos comercializados como cosméticos

January 20, 2021
Published 

La Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios se pronunció en diciembre sobre la comercialización de productos hidroalcohólicos como cosméticos. En particular, examina las reclamaciones y otros puntos de vigilancia.

Gel hydroalcooliques

Productos hidroalcohólicos comercializados como cosméticos: hasta el 30 de junio para cumplir

La Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) publicó una nota en diciembre de 2020 en consonancia con una aclaración de la Comisión Europea sobre los productos hidroalcohólicos.

En esta nota, la AEMPS vuelve a los criterios que deben cumplir los productos hidroalcohólicos comercializados como cosméticos en España. Entre ellas se encuentra la prohibición de las declaraciones y otros elementos de etiquetado.

Las empresas que comercializan productos hidroalcohólicos en el mercado español tienen hasta el 30 de junio de 2021 para cumplir. Esto puede significar: cambiar el etiquetado de sus productos para cumplir con estos criterios, o comercializarlos como biocidas.

Con expertos en regulaciones tanto de cosméticos como de biocidas, EcoMundo puede acompañarle en todas sus estrategias de cumplimiento tanto para el mercado español como para el resto de Europa.

Se prohibirán las reivindicaciones y los elementos gráficos

Por lo tanto, las siguientes afirmaciones ya no se utilizarán en los geles hidroalcohólicos cosméticos en España:

  • Antibacteriano, antimicrobiano, antiviral, viricida, antifúngico, propiedades antivirales, ingredientes antibacterianos o inhibe el crecimiento bacteriano.
  • Desinfección, desinfectante, desinfectar, sanitizante, sanitizar.
  • Antiséptico.li>
  • Mata el X% de las bacterias/virus/microbios.
  • Formulación recomendada por la Organización Mundial de la Salud (OMS).
  • Anti-COVID-19, anti-coronavirus, anti-SARS.

También deben evitarse las referencias o alusiones a lo siguiente:

  • Infección, pandemia, enfermedades.
  • COVID-19, Coronavirus, SARS-CoV-2.
  • Microorganismos, bacterias, virus, patógenos gérmenes, hongos.
  • Desinfección.
  • Uso médico.
  • Porcentaje de alcohol en el producto.
  • Manos seguras.

Por último, los siguientes elementos gráficos o imágenes ya no deben aparecer en los envases y etiquetas de los productos:

  • Coronavirus, bacterias, microbios.
  • Cruz (roja) (cuando sugiera una connotación de carácter médico).
  • Escudo (cuando sugiera protección frente a los microorganismos).
  • Signo de STOP (cuando sugiera prevención/control de la trasmisión de una enfermedad, infección o microbios).
  • Cualquier signo relativo a hospital, farmacia, ambulancia, primeros auxilios, etc.
  • Pictogramas del CLP.

Más información en la lista original.

El contexto: la Comisión Europea y los productos frontera

El pasado mes de diciembre, le explicamos que la Comisión Europea estaba arrojando luz sobre la comercialización de los productos de limpieza de manos a base de alcohol comercializados como productos cosméticos.

Este documento técnico había sido publicado por un subgrupo de trabajo de la Comisión y complementaba el Manual sobre productos frontera. En particular, formuló recomendaciones sobre las declaraciones y otros elementos de envasado que pueden o no ser aceptados como parte de un producto cosmético, para el caso específico de los geles hidroalcohólicos para uso manual durante la pandemia de Covid-19.

Como este documento no tiene valor jurídico, las empresas no están obligadas a cumplir las recomendaciones que contiene. Sin embargo, cada país de la Unión Europea es libre de elegir seguirlos verificando la conformidad de los geles hidroalcohólicos presentes en sus respectivos mercados. Por ello, EcoMundo le recomienda que esté atento, según el mercado en el que se encuentre, a las afirmaciones y el etiquetado de sus productos.

¿Quiere saber más sobre el cumplimiento de sus geles hidroalcohólicos?

Para más información, no dude en contactar con nuestro experto Daniel Redón Gálvez.

Contactar con nosotros

Encore +

Articles similaires

Tous
Gestion du Risque
Apr
25
//
2024

Normativa ESPR para la durabilidad de los productos: nuevos requisitos que deben anticiparse

El Reglamento sobre diseño ecológico de productos sostenibles (ESPR) es un acto legislativo de la Unión Europea (UE) concebido para promover la sostenibilidad de los productos mediante la integración de criterios medioambientales desde la fase de diseño.
Tracabilité Substances
Apr
3
//
2024

Prohibición del uso intencionado de mercurio en la Unión Europea

El Parlamento Europeo y el Consejo han alcanzado un acuerdo político provisional sobre la propuesta de revisión de la normativa relativa al mercurio en las amalgamas dentales y otros productos.
Biocides
Mar
13
//
2024

Aprobación de la sustancia "Di(peroxomonosulfato)disulfato de trihidrógeno y pentapotasio": Impacto Importante en la Industria de Biocidas

Aprobación próxima de Di(peroxomonosulfato) di(sulfato) pentapotasio: Impacto en la industria de biocidas. Descubre cómo EcoMundo puede ayudarte en este proceso crucial.