Geles hidroalcohólicos: la DGCCRF identifica muchos productos no conformes

November 26, 2020
Published 

Los incumplimientos biocidas identificados por la DGCCRF

La DGCCRF (Dirección General de Competencia, Consumo y Control de Fraudes en Francia) publicó un comunicado de prensa el 18 de noviembre en el que se recuerda la importancia de garantizar la eficacia de los geles y soluciones hidroalcohólicas comercializados en Francia.

La DGCCRF es una de las autoridades responsables de comprobar la conformidad y la seguridad de los productos comercializados en Francia, en particular de los geles y soluciones hidroalcohólicas. Estos productos experimentaron un extraordinario auge con la pandemia mundial de Covid-19. Hoy en día, se comercializan muchos productos que no cumplen con la normativa europea sobre biocidas.

De los más de 180 productos analizados, el 38% no cumplía con los requisitos. Por lo tanto, estos productos tenían un etiquetado incompleto o incorrecto. Sin embargo, el 35% de los productos analizados se clasificaron como no conformes y peligrosos. Estos productos podrían tener un contenido de alcohol insuficiente y ser ineficaces contra el Coronavirus (recuerde que un GHA o SHA debe contener al menos un 60% de alcohol para ser eficaz). Otros productos minimizaron los peligros que presentaban, en particular al no mencionar su naturaleza inflamable.

Surgen varios problemas, pero el principal es que los consumidores que piensan que están utilizando un producto que es eficaz contra el virus se arriesgan fácilmente a contaminarse o a infectar a otros.

Productos biocidas conformes: ¿por dónde empezar?

Sus geles y soluciones hidroalcohólicas tienen que cumplir con la normativa europea sobre biocidas, pero no sólo eso.

  • La composición debe ser conforme: la pareja SA/TP (sustancia activa/tipo de producto) debe estar aprobada o en proceso de evaluación por la ECHA. Además, en caso de aplicación cutánea, se requiere el cumplimiento de los anexos del Reglamento de Cosméticos
  • El producto debe cumplir con el Artículo 95: dependiendo del tipo de producto, el proveedor de SA debe estar en la lista de proveedores aprobados del Artículo 95
  • La Hoja de Datos de Seguridad : debe cumplir con las regulaciones de REACH y CLP
  • Etiquetado y embalaje conformes con los reglamentos RPB y CLP

Además, hay otros pasos a seguir que difieren según el tipo de SA:

  • Si la sustancia está siendo evaluada (como en el caso del etanol), el producto se encuentra en un período de transición y no es posible obtener una autorización de comercialización a nivel de la Unión Europea. Se debe hacer referencia a las medidas nacionales. En el caso de Francia, es necesario hacer una declaración SIMMBAD seguida de una declaración SYNAPSE. En este caso, el plazo de comercialización es inferior a un mes. Para los desinfectantes, hay 90 SAs siendo evaluadas.
  • Si la SA ha sido aprobada (por ejemplo, el propanol), el producto está en periodo permanente y hay que presentar un expediente de autorización de comercialización a la ECHA, lo que puede llevar varios años. 39 SAs ya han sido aprobados para soluciones hidroalcohólicas s y desinfectantes.

Para ayudarle en el cumplimiento de todos sus productos biocidas, no dude en recurrir a los expertos de EcoMundo. Con numerosos expedientes de cumplimiento de biocidas en su haber, podrán ayudarle en todos sus trámites, y así someterse a una retirada/retirada de productos por parte de la DGCCRF. También les invitamos a visionar la repetición de nuestro webinar sobre soluciones hydroalcohólicas y desinfectantes.

¿Quiere saber más sobre los productos biocidas?

Para más información, no dude en contactar con nuestro experto Daniel Redón Gálvez a través de nuestro formulario de contacto .

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