Nuevo límite de concentración de disruptores endocrinos no activos

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Nuevo límite de concentración de disruptores endocrinos

Los días 22 y 23 de junio, en una reunión de las autoridades competentes de la UE en materia de biocidas, se adoptó la decisión sobre un nuevo límite de concentración.

Se dice que una sustancia es preocupante si su concentración supera el límite del 0,1% para una sustancia no activa identificada como disruptor endocrino y contenida en un biocida.

Este límite también se aplica cuando se suman varias sustancias identificadas como disruptores endocrinos. Si las concentraciones individuales son menores, el límite sigue siendo aplicable, si la suma total de las concentraciones supera el límite.

En 2021, el Comité de Biocidas (BPC) compartió su opinión sobre la aprobación del ozono. Según la comisión, la Comisión debería llevar a cabo una investigación sobre el uso del gas por parte del público en general. A este respecto, durante la reunión se hicieron aclaraciones sobre la aprobación de las sustancias biocidas generadas in situ para su uso por el público en general. En particular, se aclaró la aprobación del ozono generado a partir del oxígeno para los siguientes usos:

  • desinfectantes y alguicidas no destinados a ser aplicados directamente a personas o animales (tipo de producto 2)
  • sector de la alimentación y los piensos (tipo de producto 4);
  • agua potable (tipo de producto 5); y
  • conservantes para sistemas de refrigeración y tratamiento de líquidos (tipo de producto 11).

 

Por último, en la reunión se llegó a la conclusión de que no se debe autorizar el uso público de un biocida generado in situ si cumple alguno de los criterios de peligrosidad del BPR (por ejemplo, carcinógeno, mutagénico, etc.).

Normativa vigente y fechas a recordar

Los reglamentos REACH y de biocidas coinciden en el límite de autorización acordado por las autoridades competentes de la UE para los biocidas.

De acuerdo con el Reglamento CLP y previa solicitud de autorización de la Unión o nacional en virtud del BPR, los consejos de prudencia derivados de la clasificación del peligro de un producto deberán figurar en el resumen de las características del producto (RCP).

Está prevista una nueva reunión antes de fin de año para ampliar la información sobre este tema. La fecha provisional está fijada del 04 al 06 de octubre de 2022.

Definición de disruptores endocrinos

La Comisión Europea define los disruptores endocrinos como sustancias químicas que pueden tener efectos adversos en el sistema hormonal del organismo.

Los principales productos que pueden contener disruptores endocrinos son:

  • Plaguicidas y fertilizantes;
  • medicamentos; y
  • cosméticos; y
  • metales;
  • diversas sustancias químicas (por ejemplo, el bisfenol).

 

El concepto de disruptores endocrinos preocupa al público por sus efectos negativos sobre la salud y el medio ambiente.

En el ámbito de la UE, se está elaborando una legislación específica para eliminar progresivamente los disruptores endocrinos en el agua, los productos químicos industriales, los productos fitosanitarios y los biocidas.

En Francia, la ANSES (Agencia Nacional de Seguridad Alimentaria, Medioambiental y Salud Laboral) realiza trabajos de evaluación de sustancias biocidas y fitofarmacéuticas.

Según ellos, los Estados miembros evaluarán 300 sustancias fitosanitarias para determinar sus propiedades de alteración endocrina. En el caso de las sustancias biocidas, habrá que evaluar 100 sustancias antes de 2024.

Recordatorio sobre el Reglamento de Biocidas (BPR)

El Reglamento sobre la comercialización y el uso de biocidas entró en vigor el 1 de septiembre de 2013, en virtud del Reglamento UE 528/2012.

Su objetivo es garantizar la comercialización de productos biocidas cuyos riesgos asociados al uso están controlados.

Según este reglamento, un biocida se define como una sustancia o mezcla "destinada a destruir, repeler, hacer inofensiva, impedir la acción o controlar de otro modo los organismos nocivos por medios distintos de la mera acción física o mecánica".

Hay 4 grupos principales de biocidas, que comprenden 22 tipos de productos (PT): desinfectantes, productos de protección, productos de control de plagas y otros biocidas. La ECHA ha puesto a disposición una tabla de estos biocidas.

El apoyo de EcoMundo

EcoMundo le ofrece varios tipos de apoyo:

  • El software MAT Factory se utiliza para controlar el estado de las sustancias activas y las nuevas normativas;
  • de la trazabilidad de sus sustancias peligrosas a través de su software SVHC Factory;
  • para calcular la clasificación de peligro CLP de sus biocidas con su software SDS Factory;
  • en la presentación de un expediente de sustancia activa biocida o la creación de expedientes de autorización de comercialización de biocidas (MA) con su servicio dedicado a los biocidas.

 

EcoMundo también le ofrece la posibilidad de formar parte de un consorcio de biocidas.

¿Quiere saber más sobre el reglamento sobre productos biocidas?

Para más información, no dude en contactar con nuestro experto Daniel Redón Gálvez a través de nuestro formulario de contacto.

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