Velas: obligaciones SDS
Ya sea fabricante, distribuidor, importador o formulador, la ficha o hoja de datos de seguridad (FDS) es un paso obligatorio en el cumplimiento de sus velas. Consta de 16 secciones y cada agente de la cadena de suministro del producto es responsable de la información contenida en la FDS.
Esto incluye la identificación de la sustancia, los peligros ecológicos y toxicológicos, la información sobre los componentes o las medidas de seguridad que deben adoptarse. En función de su posición en la cadena de suministro, los distintos agentes tienen varias obligaciones en relación con la FDS.
El fabricante es toda persona física o jurídica establecida en la Comunidad Europea que produce la vela. Debe proporcionar una FDS de acuerdo con el reglamento REACH si el producto es una mezcla de sustancias (que es el caso de las velas), o si contiene una sustancia peligrosa.
El distribuidor es toda persona física o jurídica establecida en la Comunidad Europea, incluido un minorista, que sólo realiza operaciones de almacenamiento y comercialización de una sustancia, como tal o contenida en una mezcla, para terceros. Es muy importante porque está en el centro de la cadena de suministro. Por lo tanto, debe estar en posesión de la FDS, pero también transmitir las medidas de gestión de riesgos adecuadas que se recomiendan.
El importador puede pedir la FDS, y debe conservarla durante un periodo de al menos diez años después de la última fecha de recepción (si, por ejemplo, sufre algunos cambios). El importador también debe observar las precauciones de peligro indicadas en la hoja de datos de seguridad, por ejemplo, con respecto a las condiciones de transporte. Los importadores de velas en Europa deben tener y adaptar sus hojas de datos de seguridad y etiquetas en el idioma del país donde se venderá la vela para cumplir con la normativa.
Un fabricante de velas puede ser un usuario intermedio si utiliza una cera de un proveedor en una mezcla en su actividad industrial. Entonces se convierte en formulador y tiene que comprobar la conformidad de la FDS del proveedor y el cumplimiento de los escenarios de exposición, realizar una evaluación de la seguridad química y asegurarse de que la información es conforme. Pero también tiene que crear una FDS para su fórmula después en el idioma del país de venta con un etiquetado conforme y comunicar a los proveedores cualquier dato nuevo o adicional sobre los peligros de las sustancias.
Puntos clave para el cumplimiento de las velas y las etiquetas
Reglamento CLP
Las velas deben cumplir el reglamento CLP sobre clasificación y etiquetado y envasado de productos. Esta normativa pretende informar a los consumidores de los posibles peligros y una etiqueta no conforme puede indicar un producto no conforme. Cada vela debe tener una etiqueta que indique los riesgos relacionados con la liberación en el medio ambiente, los pictogramas de peligro y las precauciones de uso.
Declaración del Centro de Control de Intoxicaciones
Como las velas pueden considerarse mezclas peligrosas, es necesario declarar la mezcla en el formato armonizado de PCN (Poison centres notification) común a todos los Estados miembros de la UE.
Autoridades de control
Conviene recordar que las autoridades competentes pueden controlar la conformidad de los productos. En Francia por ejemplo, es la Direction générale de la Concurrence, de la Consommation (DGCCRF) la que controla los puntos de venta y puede sancionar a las empresas que venden productos no conformes.
Las consecuencias penales y administrativas pueden llegar a una multa de 50.000 euros y 3 años de prisión.
La asociación IFRA
La International Fragrance Association (IFRA) es una asociación que representa a la industria de las fragancias a nivel internacional. Los fabricantes franceses de velas aromáticas se han comprometido a utilizar únicamente sustancias que cumplan las normas y recomendaciones de la IFRA.
Por ello, estos perfumes cuentan con un certificado de la IFRA emitido por el fabricante del perfume que acredita que el proceso de fabricación cumple con las normas del sector.
Normas y AFNOR
Antes de ser comercializada, una vela debe pasar toda una serie de pruebas para corresponder a diversas normas, en particular sobre la emisión de hollín, la seguridad contra incendios, la calidad de las mechas, el etiquetado o incluso sobre su combustión. Por ejemplo, durante su combustión una vela puede emitir diversas sustancias y partículas que pueden ser nocivas (como las dioxinas o los hidrocarburos aromáticos policíclicos). En Francia, el grupo AFNOR ha traducido estas diversas normas, en particular la relativa a la seguridad contra los riesgos de incendio de las velas. Requiere un etiquetado particular, correspondiente a la norma europea EN 15494, que consta de 7 pictogramas obligatorios.
Directiva 87/357/CEE
Por último, algunas velas pueden tener un aspecto muy similar al de los alimentos y, aunque pueden resultar muy atractivas para los consumidores, es importante tener en cuenta que la Directiva 87/357/CEE del Consejo de la UE prohíbe en el mercado europeo cualquier producto que sea potencialmente peligroso por parecerse a un alimento en su forma, olor o envase.
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